SUBSIDIO ECONÓMICO
Es una prestación social que se reconoce en dinero y lo recibe mensualmente el trabajador por cada beneficiario (hijos y/o padres) debidamente inscritos en nuestra Caja de Compensación y cuyo salario no sobrepase el valor de cuatro (4) salarios mínimos establecidos por la ley.
Tarjeta multiservicios comfamiliar
La alianza de las Cajas de Compensación Comfamiliar y Compensar, ha generado una tarjeta que le abre un mundo de facilidades a los afiliados agilizando el pago del subsidio económico y desembolsos de créditos, además de múltiples beneficios en una red de transacciones con cobertura nacional. El afiliado puede retirar el subsidio económico, sin costo alguno, en los Cajeros de Comfamiliar – Servibanca, o en los Almacenes Éxito, Olímpica y Sao, sin necesidad de realizar ninguna compra.
SOBRE DERECHO AL SUBSIDIO
En construcción.
SUBSIDIOS MONETARIOS A PREESCRIBIR
La Caja de Compensación Familiar de Cartagena y Bolívar-Comfamiliar, se permite informar que, a la fecha se encuentran tarjetas multiservicios de nuestros afiliados, con subsidios pendientes por retirar. Dichos subsidios vencerán junio 28 de 2023, julio 27 de 2023 y agosto 31 de 2023.
Según lo establecido en el Art. 3 del Decreto Ley 789 de 2002.
Parágrafo 1°. Darán derecho al subsidio familiar en dinero las personas a cargo de los trabajadores beneficiarios que enumeramos a continuación:
- Los hijos que no sobrepasen la edad de 18 años, legítimos, naturales, adoptivos y los hijastros. Después de los 12 años se deberá acreditar la escolaridad en establecimiento docente debidamente aprobado.
- Los hermanos que no sobrepasen la edad de 18 años, huérfanos de padres, que convivan y dependan económicamente del trabajador y que cumplan con el certificado de escolaridad del numeral 1.
- Los padres del trabajador beneficiario mayores de 60 años, siempre y cuando ninguno de los dos reciba salario, renta o pensión alguna. No podrán cobrar simultáneamente este subsidio más de uno de los hijos trabajadores y que dependan económicamente del trabajador.
- Los padres, los hermanos huérfanos de padres y los hijos, que sean inválidos o de capacidad física disminuida que les impida trabajar, causarán doble cuota de subsidio familiar, sin limitación en razón de su edad. El trabajador beneficiario deberá demostrar que las personas se encuentran a su cargo y conviven con él”.
SUBSIDIOS POR PRESCRIBIR
Dale click al enlace y consulta si tienes subsidios sin reclamar.
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